La Junta directiva se reunirá a convocatoria del Presidente por lo menos dos veces al año, o a solicitud de tres de los miembros que la componen.

La sesión quedará válidamente constituida cualquiera que sea el número de miembros que asista, y sus acuerdos se adoptan por mayoría de votos. Dichos acuerdos se recogen en un libro de actas, firmadas por el Presidente y el Secretario.

Cualquier miembro puede delegar su representación y voto en otro miembro de la Junta Directiva.

 

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